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Obra Gráfica Original

Se considera obra gráfica original, para hablar con precisión, al resultado de un proceso de estampación realizado bajo la directa intervención del artista. En la obra gráfica no hay un original que copiar o reproducir.

En el III CONGRESO INTERNACIONAL DE ARTISTAS celebrado en Viena (1960), se establecieron, entre otros, los siguientes principios referentes a la obra gráfica original:

a) Son obras gráficas originales aquellas en las que el propio artista ha realizado la plancha original, ha tallado el taco de madera, o ha trabajado cualquier otro material. Las obras que no cumplen este requisito imprescindible deben considerarse reproducciones.

b) Para ser reconocida como original, cada prueba (ejemplar de obra gráfica), debe llevar la firma del artista, una indicación del total de la edición y el número de serie de la misma. (p.e.: 28/75, prueba número veintiocho de una edición de setenta y cinco ejemplares).

c) Es derecho exclusivo, del artista establecer el número definitivo de cada una de sus obras gráficas en las distintas técnicas de aguafuerte, litografía, xilografía, serigrafía, etc., y expresarlo en cada prueba, tal como se indicó en el apartado anterior.

d) Una vez realizada la edición, las planchas, piedras o tacos de madera utilizados deben ser destruidos o marcados con una señal característica que indique la edición ha sido completada (al respecto, cabe indicar que se intenta, sin conseguirlo hasta el presente, que el organismo oficial adecuado, se ocupe de la custodia y conservación de las planchas, piedras o tacos ya editados, en funciones tanto de garantía como de depósito de algo que constituye una parte importante del patrimonio artístico general).

Como complemento de lo anterior, parece conveniente reseñar también, alguna de las propuestas del United Kingdom National Committe de la Asociación Internacional de Pintores, Grabadores y Escultores (UNESCO)

1. Las pruebas del artista deben limitarse a un diez por ciento de la edición y llevar la indicación correspondiente (P.A.).

2. No pueden considerarse como obra gráfica original las copias de obra de arte realizada mediante procedimientos fotomecánicos o con otras técnicas aunque se trate de ediciones limitadas y lleven la firma del artista cuya obra se reproduce.

Como puede verse, la obra gráfica original  se mueve en un marco de rigor y control muy concreto que los propios artistas y editores, por razones obvias, están interesados en respetar y en difundir para que el gran público valore en su justa medida el grabado o la litografía que adquiere o posee.

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